Articulo 60 Medidas ante ...erritorial

Articulo 60 Medidas ante el reto demográfico y territorial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 60. Formación profesional.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La Junta de Extremadura planificará la oferta de formación profesional teniendo en cuenta la estructura productiva de Extremadura, adecuando la oferta formativa a las necesidades del mundo rural, facilitando la participación de empresas en este ámbito y promoviendo la actualización de cualquier tipología de oferta formativa para aumentar su atractivo y su empleabilidad en el entorno rural.

2. Asimismo, se potenciará la formación que facilite el relevo generacional, así como la Formación Profesional Dual en todos los sectores productivos, contribuyendo a la consecución de empleos estables que fijen la población al territorio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022