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Articulo 60 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2015 de la Generalitat

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Artículo 60

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Se modifica el artículo 15 del Reglamento para el reconocimiento de las indemnizaciones y las ayudas económicas a las víctimas de violencia sobre la mujer, aprobado por Decreto 63/2014, de 25 de abril, del Consell, que queda redactado como sigue:

Artículo 15. Compatibilidad

1. La percepción de las indemnizaciones contempladas en el presente reglamento será compatible con la percepción de cualquier otra indemnización derivada de los daños ocasionados por el fallecimiento de la víctima de violencia y con la percepción de las ayudas económicas previstas en la Ley 35/1995, de 11 de noviembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, no siendo compatibles con las indemnizaciones concedidas por la misma causa por las administraciones públicas competentes del territorio en el que se produjo el hecho causante o el fallecimiento.

2. La presente modificación no afecta al rango reglamentario del precepto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016