Articulo 60 Desarrollo y modernización del turismo
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»Artículo 60. Alojamientos turísticos extrahoteleros.
Vigente
Los establecimientos turísticos extrahoteleros se clasifican en las siguientes clases:
a) Apartamentos turísticos.
b) Albergues turísticos.
c) Campamentos de turismo.
d) Zonas de acampada.
e) Áreas de autocaravanas.
f) Cualquier otra clase que se fije reglamentariamente.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 6/2018, de 12 de julio, de modificación de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura.
(DOE de 16-07-2018) en vigor desde 17-07-2018