Articulo 60 Caza de Galicia

Articulo 60 Caza de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 60. Personas inhabilitadas para renovar la licencia

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


No tendrán derecho a la renovación de la licencia las personas inhabilitadas en virtud de sentencia firme, o de resolución administrativa firme en un expediente sancionador, que llevase aparejada la inhabilitación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-01-2014 en vigor desde 28-01-2014