Articulo 60 bis Medidas f... Andalucía

Articulo 60 bis Medidas fiscales y administrativas 2003 de Andalucía

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Artículo 60 bis. Base liquidable.

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(NOTA: Artículo sin efecto mientras exista un tributo estatal que grave el mismo hecho imponible)

La base liquidable se obtendrá por aplicación a la base imponible de un coeficiente multiplicador K de reducción, de acuerdo con la siguiente expresión:

   BL = K x BI   

en la que:

  • BL: Base liquidable.

  • BI: Base imponible.

El coeficiente K se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula,

   K = (VNC + VC x fC + VSI x fSI + VLI x fLI + VMX x fMX) / (VNC + VC + VSI + VLI + VMX)   

en la que:

  • VNC: Volumen de residuos no compactables ni incinerables entregados para su depósito.

  • VC: Volumen de residuos de compactables entregados para su depósito.

  • fC: Factor de reducción de volumen por compactación.

  • VSI: Volumen de residuos sólidos que se someten a tratamiento de incineración previo al depósito.

  • fSI: Factor de reducción de volumen por incineración de residuos sólidos.

  • VLI: Volumen de residuos líquidos que se someten a tratamiento de incineración previo al depósito.

  • fLI: Factor de reducción de volumen por incineración de residuos líquidos.

  • VMX: Volumen de residuos que se someten a tratamiento mixto de compactación e incineración previo al depósito.

  • fMX: Factor de reducción de volumen por tratamiento mixto de compactación e incineración.

Los factores de reducción tomarán los valores siguientes:

Factor Valor
fC 1/2,6
fSI 1/12,1
fLI 1/15,3
fMX 1/7,8
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