Articulo 6 Tarjeta de apa...d reducida

Articulo 6 Tarjeta de aparcamiento para personas con disminución y otras medidas dirigidas a facilitar el desplazamiento de las personas con movilidad reducida

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Artículo 6. Valoración técnica

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6.1 El Servicio de Orientación y Valoración del ICASS que corresponda es el competente para valorar y calificar el grado de disminución y la superación o no, por parte de la persona interesada, del baremo de movilidad acreditativo de la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos a que se refiere el artículo 3.4. En el certificado que se entregará a las personas interesadas constará el grado de disminución, si la persona interesada supera o no el baremo de movilidad, y el plazo para su revisión en caso de que las posibilidades de recuperación puedan incidir en la valoración inicial.

Así mismo, el Servicio de Orientación y Valoración del ICASS que corresponda valorará el cumplimiento del requisito establecido en el artículo 3.3.

6.2 Para la valoración y la calificación de las disminuciones se aplicará la normativa vigente, así como las recomendaciones técnicas que pueda efectuar la Comisión Interdepartamental para la Accesibilidad.