Articulo 6 Subvenciones de Extremadura
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»Artículo 6. Principios generales.
Vigente
La gestión de las subvenciones a que se refiere esta ley se realizará de acuerdo con los siguientes principios.
a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante.
c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2011 en vigor desde 25-06-2011