Articulo 6 Servicios sociales de I. Balears
Artículo 6 Situaciones con necesidad de atención prioritaria
Son destinatarias de los servicios sociales, con carácter prioritario, las personas que estén en alguna o algunas de las situaciones siguientes:
a) Discapacidad física, psíquica o sensorial.
b) Dificultades de integración familiar o comunitaria derivadas de enfermedades mentales y enfermedades crónicas.
c) Dificultades de integración social vinculadas a condiciones laborales precarias, desempleo y pobreza.
d) Necesidad social, como la relacionada con la falta de vivienda o con la desestructuración familiar.
e) Vulnerabilidad, riesgo o desamparo para la gente mayor, la infancia y la adolescencia.
f) Violencia machista y las diversas manifestaciones de violencia familiar.
g) Discriminación por razón de sexo, lugar de procedencia, discapacidad, enfermedad, etnia, cultura o religión o por cualquier otra razón.
h) Dificultad de integración familiar o comunitaria derivada de la drogodependencia y de otras adicciones.
i) Vulnerabilidad, exclusión y aislamiento sociales.
j) Problemas de convivencia y de cohesión social.
k) Urgencias sociales.
l) Emergencias sociales por catástrofe.
- Texto Original. Publicado el 18-06-2009 en vigor desde 18-08-2009