Articulo 6 Sector Público Instrumental y Subvenciones
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»Artículo 6. De la Hacienda Pública de la Generalitat
Vigente
1. La Hacienda Pública de la Generalitat comprende el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración de la Generalitat y al resto de sujetos que conforman el sector público administrativo de la Generalitat.
2. La Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos tendrán el mismo tratamiento fiscal que las leyes establezcan para el Estado.
En la gestión de sus derechos económicos y en el cumplimiento de sus obligaciones la Hacienda Pública de la Generalitat gozará de las prerrogativas reconocidas en las leyes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-02-2015 en vigor desde 12-03-2015