Articulo 6 Renta Mínima de Inserción Social
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»Artículo 6. Finalidad.
Vigente
Los fines de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía son los siguientes:
a) Reducir la tasa de pobreza y de exclusión social en Andalucía, especialmente la pobreza infantil.
b) Mejorar las posibilidades de inclusión social y laboral de las personas en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo, especialmente de aquellas que tienen menores a su cargo y teniendo en cuenta la diferente situación de los hombres y las mujeres.
c) Aumentar el grado de autonomía personal y familiar y atender la satisfacción de las necesidades básicas para una vida digna de la unidad familiar.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2017 en vigor desde 01-01-2018