Articulo 6 (Regula la Viña y del Vino)
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»Artículo 6. Autorizaciones de nueva plantación.
Vigente
1. Se concederá una autorización de nueva plantación a aquellas personas que hayan presentado una solicitud para plantar un viñedo con destino a vinificación en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha que cumpla con los requisitos establecidos y haya resultado priorizada.
2. Las autorizaciones concedidas tendrán el periodo de validez que venga determinado en la normativa de aplicación en materia de autorizaciones para plantaciones de vid.