Articulo 6 Reglamento general del régimen sancionador tributario
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»Artículo 6. Incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
Vigente
Cuando un procedimiento de comprobación o investigación tenga por objeto varios tributos con periodos impositivos o de liquidación de diferente duración, la apreciación del criterio de incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación previsto en el artículo 187.1.c) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se realizará tomando en consideración cada uno de los periodos de menor duración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-10-2004 en vigor desde 29-10-2004