Articulo 6 Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita 2003 -Derogado-
Articulo 6 Reglamento de ...-Derogado-

Articulo 6 Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita 2003 -Derogado-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6. Normas de funcionamiento.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El funcionamiento de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita se ajustará a lo establecido en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y, con carácter general, se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los órganos colegiados.

2. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita se reunirán, con carácter ordinario, una vez cada 15 días, sin perjuicio de que el presidente de la comisión acuerde variar dicha periodicidad, atendiendo al volumen de los asuntos a tratar.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-08-2003 en vigor desde 08-08-2003