Articulo 6 Registro y depósito de fianzas de contratos de alquiler de fincas urbanas
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»Artículo 6. Ejecutividad.
Vigente
El Instituto Catalán del Suelo puede utilizar la vía ejecutiva para el ingreso de las fianzas no depositadas y de las sanciones que deriven de las mismas en caso de incumplimiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-08-1996 en vigor desde 03-08-1996