Articulo 6 Protección civ...mergencias

Articulo 6 Protección civil y atención de emergencias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6. Previsión.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La Administración de la Comunidad Foral procederá a la elaboración de un Catálogo y Mapa de Riesgos de Navarra, en el que se identifiquen y ubiquen los distintos riesgos existentes en el territorio foral, a partir de los antecedentes y estudios que realizarán los órganos competentes de las distintas Administraciones públicas.

2. Corresponde al Departamento competente en materia de protección civil, impulsar el desarrollo y difusión del Catálogo y Mapa de Riesgos de Navarra, pudiendo requerir a estos efectos la aportación de cuantos datos resulten necesarios, tanto de las Administraciones y entidades públicas o privadas de la Comunidad Foral de Navarra como del Estado, así como suscribir convenios y fórmulas de colaboración al respecto.

3. En el Catálogo y Mapa de Riesgos de Navarra se incluirán todas aquellas situaciones susceptibles de generar graves riesgos colectivos y estará integrado por el conjunto de mapas de riesgos temáticos sujetos a planes especiales de protección civil y de los mapas de los restantes riesgos identificados.

4. El Catálogo y Mapa de Riesgos de Navarra formará parte del Plan Territorial de Protección Civil de Navarra.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-07-2005 en vigor desde 09-08-2005