Articulo 6 Prevención, pr... violencia

Articulo 6 Prevención, protección y coordinación institucional en materia de violencia

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Artículo 6. Plan sectorial de sensibilización, protección y recuperación integral de víctimas.

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1. El Gobierno de La Rioja aprobará un Plan sectorial de sensibilización, protección y recuperación integral de víctimas, a fin de erradicar la violencia ejercida contra la mujer y en los ámbitos intrafamiliar y escolar, procurando la eficaz protección y el restablecimiento integral de las víctimas. Para el cumplimiento de dichos fines y objetivos, el plan ha de concebir y tratar las necesidades de la víctima de forma integrada y articulada, evitando soluciones parciales o incoherentes que puedan acarrear su victimización secundaria.

2. En atención a lo expuesto, los principios de lealtad, coordinación y cooperación institucional han de guiar la actuación de las diferentes administraciones públicas y entidades jurídicas públicas o privadas implicadas en la ejecución del plan, que, conjugando criterios de transparencia, eficacia, ordenación y optimización de los recursos existentes, habrán de velar por la continua mejora de la calidad en la atención prestada a las víctimas y proponer nuevas políticas y estrategias para la erradicación de la violencia en La Rioja.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-03-2011 en vigor desde 27-03-2011