Articulo 6 Prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la adolescencia
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Articulo 6 Prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la adolescencia

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Artículo 6. Plan Autonómico de Prevención y Sensibilización en el Consumo de Bebidas Alcohólicas por Menores de Edad.

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1. Los poderes públicos de la Junta de Extremadura, en el marco de sus competencias, pondrán en marcha un Plan Autonómico de Prevención y Sensibilización en el Consumo de Bebidas Alcohólicas por Menores de Edad, caracterizado por los siguientes elementos:

a) Dirigido especialmente a los menores de edad.

b) Contemplar un programa de formación específica y complementaria de los agentes intervinientes en el objeto de la presente ley que permita una atención, asistencia y respuesta adecuada a los requerimientos de la realidad socio-familiar juvenil y adolescente.

c) Las campañas de información y concienciación se deben realizar de manera que se garantice el acceso a las mismas a los menores de edad, familias, jóvenes y mujeres gestantes.

d) Incorporar aquellos programas de eficacia probada en otros lugares que pudieran ser aplicables al contexto concreto de Extremadura.

e) Sensibilizar a toda la sociedad extremeña sobre la necesidad de poner en conocimiento de las autoridades públicas aquellas situaciones en que se constate o se tenga conocimiento de una situación de riesgo para la salud o la vida de los menores relacionada con el consumo de alcohol.

El Consejo de Convivencia y Ocio de Extremadura será el órgano encargado de la elaboración del Plan Autonómico de Prevención y Sensibilización en el Consumo de Bebidas Alcohólicas por Menores de Edad. El citado plan tendrá una vigencia de cuatro años y será aprobado mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.

2. El Plan Autonómico sobre la Prevención y Sensibilización de Consumo de Bebidas Alcohólicas en la Infancia y Adolescencia contemplará en su redacción, al menos, los siguientes extremos:

a) Análisis de la situación y aproximación al consumo de alcohol en la infancia y adolescencia.

b) Objetivos generales y específicos para la consecución de la prevención del alcohol en la infancia y adolescencia.

c) Criterios básicos de actuación.

d) Programas y calendario de actuaciones.

e) Ordenación de los recursos existentes y descripción de sus funciones, así como partidas presupuestarias que se destinan al plan.

f) Mecanismos de coordinación entre las distintas administraciones públicas, entidades e instituciones privadas que desarrollen actuaciones en materia de prevención.

g) Indicadores de seguimiento, control y evaluación.