Articulo 6 Presupuestos 2019 Bizkaia
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Artículo 6. Transferencias de Crédito

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1. Los requisitos y las limitaciones previstos en el artículo 59. 2 y 3 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria no afectarán a las Transferencias que sean consecuencia de cambios de imputación contable por modificación de la forma de gestión de la actividad o servicio presupuestado.

2. Asimismo, tampoco estarán sujetas a lo establecido en el artículo 59. 2 y 3 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria, las siguientes transferencias:

- Las que afecten al programa de «Financiación municipal 942129».

- Las que se realicen entre subvenciones corrientes y de capital a favor del Consorcio de Transportes para la financiación del Metro de Bilbao.

- Las que afecten en origen y destino a subvenciones del programa 232115 para Proyectos de Cooperación, Sensibilización y/o Educación para el Desarrollo y Proyectos de Colaboración, Sensibilización y/o Educación para la Interculturalidad y los Derechos Ciudadadanos reguladas por Decreto Foral.

- Las que afecten en origen y destino a subvenciones del Programa 0709/922114, destinadas a la financiación de infraestructuras municipales.

- Las que se refieren en origen y destino a créditos en los subconceptos económicos 23708 y 46100 del programa 231106 del Departamento de Acción Social.

- Las que afecten a las partidas del proyecto 2010/0024 «Frontón Bizkaia», dentro del Programa 341109 «Deporte Federado» en el Departamento de Euskera y Cultura.

3. Las transferencias que se tramiten en aplicación del punto anterior se llevarán a cabo, previa realización de los trámites oportunos, a instancias del titular del Departamento/Organismo afectado, que será el competente para su autorización.

4. Las transferencias de crédito cuyo origen se corresponda a créditos destinados a subsidios o pensiones deberán destinarse a cubrir prestaciones de la misma naturaleza.

5. La tramitación de las transferencias de crédito deberá contener documentación suficiente relativa a los créditos de origen y destino y su incidencia económica, pudiendo restringirse su aprobación por motivos de eficiencia económica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2018 en vigor desde 31-12-2018