Articulo 6 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
Articulo 6 Prestaciones s...es Balears

Articulo 6 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6. Periodicidad de las prestaciones

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las prestaciones sociales de carácter económico pueden pagarse de cualquiera de las siguientes formas:

a) Prestaciones que se pagan por medio de aportaciones dinerarias periódicas y que pueden ser:

I. Estables, con voluntad de tener continuidad y estabilidad en el tiempo.

II. Temporales, con una duración anual y previsión de revisar la continuidad sujeta a condiciones.

b) Prestaciones puntuales: son las que se agotan con una aportación dineraria para hacer frente a un concepto y tiempo limitado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-07-2022 en vigor desde 13-07-2022