Articulo 6 Política de Se...de Consumo

Articulo 6 Política de Seguridad de la Información en el ámbito de la administración electrónica del Ministerio de Consumo

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Artículo 6. Estructura organizativa.

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La organización de la seguridad debe tener en cuenta la propia organización del Departamento, en consecuencia, las responsabilidades en seguridad de la información deben emerger de todos los ámbitos, garantizándose la actuación coordinada y eficaz, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, y en la correspondiente guía CCN-STIC sobre responsabilidades y funciones en el ENS.

La estructura organizativa para la gestión de la seguridad de la información en el ámbito descrito por la PSI del Ministerio de Consumo está compuesta por los siguientes agentes:

1. La persona titular de la Subsecretaría de Consumo.

2. El Comité de Seguridad de la Información del Departamento.

3. La persona designada como Responsable de la Seguridad.

4. La persona designada como Responsable de los Sistemas.

5. Las personas designadas como Responsables de la Información y Responsables de los Servicios.

6. Las personas designadas como Delegado de Protección de Datos y Delegados de Protección de Datos de los organismos públicos adscritos al departamento.

7. Las personas designadas como Administradores de los Sistemas.