Articulo 6 Pliego de cláu...forestales

Articulo 6 Pliego de cláusulas para la contratación de medios aéreos para la lucha contra los incendios forestales

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6. Plazo de ejecución del contrato y lugar de prestación del servicio

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6.1 Plazo de ejecución: La contratación se realizará por campañas, diferenciando periodos de invierno y de verano.

Se entiende por campaña un número de días naturales consecutivos en los que se dará servicio para la lucha contra los incendios forestales sin más limitaciones que las propias de la actividad aeronáutica en vuelo visual.

El plazo de inicio de la ejecución se hará constar, expresamente, en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Este plazo de inicio, en los casos de tramitación urgente, se ajustará a lo establecido en los artículos 96.2.d). y97.1.e). LCSP, respectivamente.

La fecha de comienzo de los trabajos será posterior a la firma del documento de formalización del contrato. El plazo de ejecución y los plazos parciales que, en su caso, se establezcan, se entenderán referidos a la fecha de comienzo de los trabajos.

El desarrollo de los trabajos se ajustará a lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas.

6.2 Lugar de prestación del servicio: Las aeronaves se situarán en las bases que se hayan establecido en el Pliego de prescripciones técnicas y trabajarán desde ellas siguiendo las órdenes que reciban de los responsables de la Administración para la lucha contra los incendios forestales.