Articulo 6 Patrimonio Cul...lla y León

Articulo 6 Patrimonio Cultural de Castilla y León

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6. Investigación en el patrimonio cultural.

In Vacatio

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Para la gestión del patrimonio cultural, la Consejería competente en materia de patrimonio cultural promoverá y, en su caso, aprobará programas de investigación, desarrollo e innovación, a través de los siguientes proyectos y acciones:

a) El conocimiento de los bienes materiales e inmateriales del Patrimonio Cultural de Castilla y León y la identificación de sus valores.

b) Los estudios e investigación aplicada dirigidos a establecer criterios y metodologías de intervención y restauración de los bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

c) El impulso de metodologías que promuevan la armonización de la protección y conservación del patrimonio cultural con el desarrollo del territorio, teniendo en cuenta las características propias de la Comunidad Autónoma.

d) Los estudios e investigaciones encaminados a profundizar el conocimiento sobre los riesgos derivados de la exposición de los bienes del patrimonio cultural a las condiciones climatológicas o desastres naturales.

e) El impulso de estrategias que promuevan las buenas prácticas en el uso de los bienes del patrimonio cultural.

f) Los estudios estadísticos y análisis comparados de las acciones sobre el patrimonio cultural, principalmente dirigidos a conocer la incidencia de las actividades llevadas a cabo en torno al mismo.

g) La difusión de los resultados de los proyectos de investigación sobre el patrimonio cultural.