Articulo 6 Normas de ordenación de explotaciones apícolas
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»Artículo 6. Registro general de las explotaciones apícolas.
Vigente
El Registro general de las explotaciones apícolas queda integrado en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) según lo dispuesto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el registro general de explotaciones ganaderas, y, en concreto, en todo lo relativo al régimen de comunicación que éste establece entre las comunidades autónomas y el Estado respecto de los registros en los apartados 4 y 6 del artículo 3.