Articulo 6 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional
Articulo 6 Medidas tribut...o regional

Articulo 6 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6. Devolución.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Procederá la devolución de la tasa cuando el sujeto pasivo renuncie a la matricula con anterioridad a la finalización del cierre del plazo de matricula."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2012 en vigor desde 01-01-2013