Articulo 6 Medidas para l...del empleo

Articulo 6 Medidas para la inclusión social a través del empleo

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Artículo 6. Ayuda a la Contratación.

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El Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía se materializará mediante ayudas a los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la contratación laboral de aquellas personas que, cumpliendo los requisitos exigidos en la presente norma, hayan sido previamente seleccionados para un contrato por una duración determinada entre 15 días y tres meses. Estas ayudas se regulan por lo establecido en este Decreto-ley, no resultándole de aplicación la normativa general sobre subvenciones públicas, en particular, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, salvo remisión expresa prevista en este Decreto-ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014