Articulo 6 Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
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»Artículo 6.- Órganos de Gobierno.
Vigente
1.- Los órganos de gobierno de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo son.
a) La Presidencia.
b) El Consejo de Administración.
c) La Dirección General.
2.- Los estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo desarrollarán lo previsto en esta Ley sobre su estructura orgánica y funcional y, de acuerdo con ella, establecerán el régimen de funcionamiento así como cualquier otro aspecto que sea preciso para el mejor cumplimiento de sus fines.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-11-2011 en vigor desde 03-11-2011