Articulo 6 Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
Articulo 6 Lanbide-Servic... de Empleo

Articulo 6 Lanbide-Servicio Vasco de Empleo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6.- Órganos de Gobierno.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1.- Los órganos de gobierno de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo son.

a) La Presidencia.

b) El Consejo de Administración.

c) La Dirección General.

2.- Los estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo desarrollarán lo previsto en esta Ley sobre su estructura orgánica y funcional y, de acuerdo con ella, establecerán el régimen de funcionamiento así como cualquier otro aspecto que sea preciso para el mejor cumplimiento de sus fines.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-11-2011 en vigor desde 03-11-2011