Articulo 6 Inventario y P...Deportivos

Articulo 6 Inventario y Planes de Instalaciones y Equipamientos Deportivos

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Artículo 6. Adscripción administrativa.

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1. El Inventario Andaluz estará adscrito al órgano directivo central competente en materia de instalaciones y equipamientos deportivos de la Consejería competente en materia de deporte, a la que corresponderá su elaboración y actualización, así como el desempeño de las funciones de dirección y coordinación en relación con el mismo.

2. Los procedimientos de inscripción y actualización de instalaciones deportivas en el Inventario Andaluz, así como de solicitud de información, se tramitarán, en todo caso, a través de los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de deporte, a los que corresponde su gestión y resolución.