Articulo 6 Gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima
Articulo 6 Gobernanza de ...r el Clima

Articulo 6 Gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6. Proceso de establecimiento de las contribuciones de los Estados miembros en el ámbito de la eficiencia energética

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. En su contribución indicativa nacional de eficiencia energética para 2030 y para el último año del período abarcado para los planes nacionales subsiguientes, en virtud del artículo 4, letra b), punto 1, del presente Reglamento cada Estado miembro tendrá en cuenta que, de conformidad con el artículo 3 de la Directiva 2012/27/UE, el consumo de energía de la Unión para 2020 no puede ser superior a 1 483 Mtep de energía primaria o a 1 086 Mtep de energía final, y que el consumo de energía de la Unión en 2030 no puede ser superior a 1 128 Mtep de energía primaria y/o a 846 Mtep de energía final. (NOTA: Párrafo aplicable a partir del día siguiente a aquel en que el presente reglamento deje de aplicarse al y en el Reino Unido)

Además, cada Estado miembro tendrá en cuenta:

a) las medidas previstas en la Directiva 2012/27/UE;

b) otras medidas destinadas a promover la eficiencia energética en el Estado miembro y a nivel de la Unión.

2. En su contribución a que hace referencia el apartado 1, cada Estado miembro podrá tener en cuenta las circunstancias nacionales que afecten al consumo de energía primaria y final, tales como:

a) el potencial remanente de ahorro eficiente de energía;

b) la evolución y previsión del producto interior bruto;

c) los cambios en las importaciones y exportaciones de energía;

d) los cambios en la combinación energética y los avances en la captura y almacenamiento de carbono, y

e) las actuaciones tempranas.

En relación con el párrafo primero, cada Estado miembro indicará en su plan nacional integrado de energía y clima qué circunstancias pertinentes que afectan al consumo de energía primaria y final ha tenido en cuenta, si es que ha tenido alguna en cuenta.