Articulo 6 Garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia
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»Artículo 6. Prioridad presupuestaria.
Vigente
La Asamblea de Madrid tendrá entre sus prioridades presupuestarias las actividades dedicadas a la forma, promoción, protección y ocio de los menores y procurará que las corporaciones locales asuman tal prioridad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-04-1995 en vigor desde 07-04-1995