Articulo 6 Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad
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»Artículo 6. Informe de impacto de discapacidad.
Vigente
Todos los anteproyectos de ley, disposiciones de carácter general y planes que se sometan a la aprobación del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha y afecten a las personas con discapacidad, deberán incorporar un informe sobre impacto por razón de discapacidad que analice los posibles efectos negativos y positivos sobre las personas con discapacidad y establezca medidas que desarrollen el derecho de igualdad de trato.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-12-2014 en vigor desde 02-01-2015