Articulo 6 Expedición de títulos y certificaciones académicas y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la LOE
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»Artículo 6. Tasas.
Vigente
Las tasas que hayan de abonar los interesados, en los casos y por los conceptos que procedan, constituirán ingresos exigibles por la Administración que expida los títulos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-12-2009 en vigor desde 23-12-2009