Articulo 6 Desarrollo del Reglamento de la Ley de Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera
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»Artículo 6. Ámbito de las autorizaciones.
Vigente
Las autorizaciones de transporte otorgadas conforme a esta orden habilitan para realizar transporte en todo el territorio del Estado, sin limitaciones respecto a su radio de acción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-07-2013 en vigor desde 29-07-2013