Articulo 6 Convenios de l...d Autónoma

Articulo 6 Convenios de la Comunidad Autónoma

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Artículo 6.-Contenido.

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1. Los convenios y acuerdos que celebre la Comunidad Autónoma de Aragón podrán incluir cualesquiera pactos, cláusulas y condiciones, siempre que sean conformes con el interés público, el orden constitucional y estatutariamente establecido y con el resto del ordenamiento jurídico.

2. En todo caso, deberán especificar, como mínimo, el contenido siguiente.

a) Los órganos firmantes del convenio o acuerdo.

b) La competencia o capacidad que habilitan la actuación.

c) Las razones de interés público que lo motivan.

d) la clase y tipo de convenio o acuerdo.

e) El objeto del convenio o acuerdo y las actuaciones que se acuerden desarrollar para su cumplimiento.

f) Su financiación, en el caso de que se deriven obligaciones económicas para las partes.

g) Las garantías, si procede, del cumplimiento de las obligaciones.

h) El plazo de vigencia, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga, si así lo acuerdan las partes firmantes del convenio o acuerdo.

i) Las causas de extinción que sean diferentes a la establecida en la letra anterior, y si procede, la forma de finalizar las actuaciones en curso.

j) La necesidad o no de establecer una organización para su gestión.

k) Los mecanismos de denuncia y solución de controversias.