Articulo 6 Comercio inter...-Derogado-

Articulo 6 Comercio interior de Cataluña -Derogado-

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Artículo 6. Información sobre los horarios comerciales.

Vigente

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En todos los establecimientos comerciales sometidos a esta Ley tiene que exhibirse el horario adoptado, de tal manera que la información sea visible para el público, incluso cuando el establecimiento esté cerrado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-05-1993 en vigor desde 10-06-1993