Articulo 6 Comercio de I Balears
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Artículo 6. Principios de actuación de los poderes públicos

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La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears tiene que promover el desarrollo armónico y la modernización de la actividad comercial con el objetivo final de incrementar la capacidad de competencia de las empresas y garantizar una ocupación laboral estable en este sector y proteger a los consumidores preservando la claridad y la trasparencia en las actividades de promoción de ventas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-10-2014 en vigor desde 19-10-2014