Articulo 6 Caza de Extremadura
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Artículo 6. Derechos y obligaciones.

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1. Los derechos y obligaciones establecidos en esta ley, en cuanto se relacionan con los terrenos cinegéticos, corresponden a los titulares de los aprovechamientos cinegéticos. 2. Asimismo, corresponden a la Junta de Extremadura los derechos y obligaciones establecidos en esta ley respecto a los terrenos cinegéticos bajo gestión pública, a los refugios para la caza constituidos de oficio y a las zonas de caza limitada cuya gestión se haya reservado la Administración autonómica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2010 en vigor desde 15-06-2011