Articulo 6 Caza de Asturias

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Artículo 6.

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A los efectos de esta Ley, los terrenos se clasifican en terrenos de aprovechamiento cinegético común y terrenos sometidos a régimen cinegético especial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-06-1989 en vigor desde 07-07-1989