Articulo 6 Cámaras Oficia... de Murcia

Articulo 6 Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia

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Artículo 6. Ámbito territorial.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, en el territorio de la Región de Murcia existen las cámaras y Consejo de Cámaras siguientes:

a) La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cartagena, con sede en Cartagena, cuyo ámbito territorial comprende los términos municipales de Cartagena, Fuente Álamo, La Unión y Mazarrón.

b) La Cámara Oficial de Comercio e Industria y de Servicios de Lorca, con sede en Lorca, cuyo ámbito territorial comprende los términos municipales de Lorca y Puerto Lumbreras.

c) La Cámara Oficial de Comercio, Industria,Servicios y Navegación de Murcia, con sede en Murcia, cuyo ámbito territorial comprende los términos municipales de Abanilla, Abarán, Águilas, Albudeite, Alcantarilla, Los Alcázares, Aledo, Alguazas, Alhama de Murcia, Archena, Beniel, Blanca, Bullas, Calasparra, Campos del Río, Caravaca, Cehegín, Ceutí, Cieza, Fortuna, Jumilla, Librilla, Lorquí, Molina de Segura, Moratalla, Mula, Murcia, Ojós, Pliego, Ricote, San Javier, San Pedro del Pinatar, Santomera, Torre Pacheco, Las Torres de Cotillas, Totana, Ulea, Villanueva del Segura y Yecla.

d) El Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Región de Murcia integrado por las tres cámaras anteriores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2015 en vigor desde 26-04-2015