Articulo 6 Aplicación de previsión de ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos en el ámbito de convenios y trasferencias a CC.AA.
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»Sexto.
Vigente
Se deroga el epígrafe b) del apartado Octavo 2.1 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de julio de 2018, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos en el ámbito de los contratos del sector público y encargos a medios propios. El resto de epígrafes del apartado Octavo 2.1 mantienen la misma redacción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-06-2021 en vigor desde 23-06-2021