Articulo 59 Subvenciones de Extremadura

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Artículo 59. Supuestos de exención de responsabilidad.

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Las acciones u omisiones tipificadas en esta ley no darán lugar a responsabilidad por infracción administrativa en materia de subvenciones en los siguientes supuestos.

a) Cuando se realicen por quienes carezcan de capacidad de obrar.

b) Cuando concurra fuerza mayor.

c) Cuando deriven de una decisión colectiva, para quienes hubieran salvado su voto o no hubieran asistido a la reunión en que se tomó aquélla.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2011 en vigor desde 25-06-2011