Articulo 59 Residuos y suelos contaminados
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 59. Valoraciones de riesgos
Vigente
1. Las valoraciones de riesgos son los procesos de identificación, medida y comparación de diversos parámetros, mediante los cuales se estudian, analizan y caracterizan los riesgos que la presencia de determinadas sustancias en los medios afectados puede suponer para la salud de las personas y el medio ambiente.
2. El alcance y el contenido de las valoraciones de riesgos son los establecidos en el anexo VIII del Real decreto 9/2005, de 14 de enero, y en el anexo IV del Decreto 60/2009, de 26 de febrero, o normas que los sustituyan.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-02-2021 en vigor desde 17-03-2021