Articulo 59 Promocion de la igualdad de genero en Andalucia
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»Artículo 59. Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Vigente
1. Se creará la Comisión Interdepartamental para la Igual-dad de Mujeres y Hombres, en la que estarán representadas todas las Consejerías de la Junta de Andalucía, como órgano colegiado para el seguimiento de las acciones y actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de igualdad de género, que será presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad.
2. Su composición, competencias y régimen de funciona-miento se determinarán reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-12-2007 en vigor desde 19-12-2007