Articulo 59 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 1999 de la Generalitat
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»Artículo 59.
Vigente
Se modifica el artículo 10 de la Ley 4/1989, de Creación del Instituto Valenciano de la Juventud, actualizando la redacción:
«Artículo 10. Personal.
El personal al servicio del IVAJ será funcionario o laboral de acuerdo con lo que se establezca en la legislación sobre función pública.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1999 en vigor desde 01-01-2000