Articulo 59 Ley de Gobierno
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»Artículo 59.
Vigente
El ejercicio de la potestad reglamentaria se ajustará a la siguiente jerarquía normativa.
1.º Decretos del Gobierno.
2.º Ordenes de los Departamentos del Gobierno.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-07-1981 en vigor desde 27-07-1981