Articulo 59 Función pública vasca -Derogada-
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»Artículo 59.
Vigente
Los funcionarios de las Administraciones Públicas Vascas se hallarán en alguna de las siguientes situaciones administrativas:
Servicio activo.
Excedencia voluntaria.
Excedencia voluntaria incentivada.
Excedencia para el cuidado de hijos.
Expectativa de destino.
Servicios especiales.
Excedencia forzosa.
Excedencia forzosa aplicable a los funcionarios declarados en expectativa de destino.
Suspensión.
Servicio en otras Administraciones Públicas.