Articulo 59 Arancel de derechos de los profesionales de la Procura
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»Artículo 59. Juicio oral.
Vigente
Por la actuación en la fase de juicio oral ante los Juzgados de Instrucción y de lo Penal, cualquiera que sea el concepto en el que comparezca y sin perjuicio de lo que corresponda por el ejercicio de la acción civil, percibirá como máximo 45,14 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-05-2024 en vigor desde 02-05-2024