Articulo 59 Actividad Fís... de Murcia

Articulo 59 Actividad Física y Deporte de Murcia

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Artículo 59. Régimen jurídico de los directivos.

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Los directivos de las federaciones deportivas tendrán sus derechos y obligaciones regulados en los estatutos de cada federación, según legislación vigente.

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  • Texto Original. Publicado el 27-03-2015 en vigor desde 18-04-2015