Articulo 58 TR de la Ley ...s Públicos

Articulo 58 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos

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Artículo 58. Devengo.

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La tasa se devengará en el momento de la publicación de los textos en el Boletín Oficial del País Vasco, que constituye el hecho imponible. No obstante, el pago de la tasa se exigirá en un momento anterior a la publicación de aquellos.