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Articulo 58 Simplificación administrativa de la Generalitat

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Artículo 58. Cuantía de las sanciones

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1. Las infracciones leves se sancionarán con multas de hasta 6.000 euros.

2. Las infracciones graves se sancionarán con multas de 6.001 euros a 120.000 euros.

3. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 120.001 euros a 1.000.000 euros.