Articulo 58 Presupuestos 2021 La Mancha

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Artículo 58. Módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el importe del módulo económico por unidad escolar, a efectos de la distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados, es el fijado en el anexo IV.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2020 en vigor desde 01-01-2021